4 de abril de 2025

COMISIÓN DE SERVICIOS 2/2025 EN CEUTA: CUERPO DE GESTIÓN.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la comisión de servicios 2/2025 donde se oferta un puesto de trabajo reservado al personal funcionario de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa en la localidad de Ceuta.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el sitio web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (http://www.mjusticia.gob.es) en la siguiente ruta: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo[1]publico/concursos-traslados. (fecha publicación 3 de abril)

Para ello, se remitirá el escrito de solicitud escaneado al siguiente correo electrónico: sociolaboral@mjusticia.es

OPOSICIONES 2024: LETRADOS A.J., PREVISIÓN REALIZACIÓN DEL TERCER EJERCICIO.

En la página del Ministerio de Justicia se informa que la fecha prevista para la realización del tercer ejercicio del turno libre ​de acceso al cuerpo de Letrados de la administración de justicia, convocadas por Orden PJC/215/2024, de 20 de febrero, es el día 6 de junio. Esta​​ será confirmada una vez finalice el examen oral, indicando asimismo la hora y ​el lugar de ​​realización.​

ACCIÓN SOCIAL 2025: APERTURA DEL PLAZO PARA SOLICITAR LA ACCIÓN SOCIAL EN ÁMBITO DEL MINISTERIO.

Con fecha 2 de abril del 2025 se ha publicado en el Punto de Acceso General de la Administración de Justicia, dentro del área “Información laboral” pinchando en: >Área Privada Portal de la Administración de Justicia, las bases de Acción Social 2025 para el personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia, Fiscalía General del Estado y Ministerio Fiscal.

El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir del día siguiente de su publicación hasta el 25 de abril de 2025 inclusive.

Las cuantías de las ayudas son las siguientes:

  • Ayuda de Transportes........... Máximo por solicitante de 50 €
  • Ayuda de Hijos......................Máximo de 150 € por hijo y 200 € por dos o más
  • Ayuda por discapacidad....... Según grado de minusvalía entre 150 € y 350 €.

La petición de Ayuda Social 2025, se realizará mediante la solicitud electrónica a través del Autoservicio del empleado de AINOA, desde el cual también se podrá adjuntar la documentación a aportar: tanto la de carácter general, como la documentación específica de cada ayuda.

SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán en formato electrónico, y se cumplimentarán de forma personal a través de la aplicación AINOA dentro del plazo señalado al efecto. Solo se permitirá una instancia por solicitante, 

La solicitud tiene la posibilidad de ser modificada (en cualquier momento anterior a la fecha límite de presentación), en tanto en cuanto no se proceda a su envío–presentación.

Desde la misma pantalla en la que se realiza la solicitud electrónica podrán consultar un manual de ayuda para la cumplimentación de dicha solicitud.

Para su presentación se tendrá en cuenta:

a) Cada solicitud telemática deberá ir acompañada de la documentación que se requiera, tanto la general como la específica de cada ayuda, debiendo ser documentos originales escaneados sin enmiendas ni tachaduras.

b) Antes de la presentación por vía telemática de la documentación, el interesado deberá asegurarse de que la misma sea legible. En caso contrario, no podrá tenerse en cuenta en la valoración. Asimismo, se recomienda conservar toda la documentación escaneada en su ordenador.

c) Las características que han de reunir los documentos presentados en formato electrónico son las siguientes:

-Que los documentos electrónicos tengan un volumen reducido. Aunque el tamaño máximo admitido para cada fichero es de 2MB, se aconseja que sea menos extenso.

-Para ello debe escanearse la documentación con los siguientes parámetros:

  • Tipo de imagen: texto
  • Modo: blanco y negro
  • Tamaño de página: A4
  • Puntos por pulgada: 200
  • Formato de documento a guardar: exclusivamente en PDF.
  • Calidad:media baja

EXCEPCIONALMENTE, sólo se podrán presentar las solicitudes de ayudas en formato papel cuando se trate de Personal Laboral del Grupo Profesional E1 (limpiadoras, ordenanzas, vigilantes y mozos) y no dispongan de ordenador en su centro de trabajo; a través del modelo que se adjunta como Anexo I.

Toda solicitud presentada en soporte papel que no esté dentro de las excepciones arriba señaladas no se considerará válida y se entenderá como no presentada.

PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL ADM. JUSTICIA 

PERSONAL FUNCIONARIO EN EL MINISTERIO FISCAL

PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL FISCALIA GENERAL DEL ESTADO

Modelos:

 

 

28 de marzo de 2025

BOLSA DE LETRADOS A.J. SUTITUTOS: ENLACE PARA SEGUIMIENTO DE LLAMAMIENTOS DE LA BOLSA POR PROVINCIAS.

 El Ministerio de Justicia nos ha comunicado que:

"En aplicación de lo establecido en la base octava de la Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se convocan bolsas de trabajo de Letradas sustitutas y Letrados sustitutos de la Administración de Justicia, a través del siguiente enlace se puede consultar el estado de los llamamientos de Letrados de la Administración de Justicia sustitutos de las bolsas provinciales. La información mostrada está actualizada al momento de la consulta, por lo que para cualquier aclaración o consulta deben dirigirse a la secretaría de coordinación o de gobierno correspondiente.

OPOSICIONES: LETRADOS A.J. TURNO LIBRE Y PROMOCIÓN INTERNA. FECHA PREVISIBLE DE PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIA EN EL BOE.

 El Ministerio de Justicia nos informa que ha solicitado la publicación de la convocatoria al BOE el 31 de marzo, para la publicación de la nueva convocatoria de promoción interna y turno libre para acceso al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

No hay modificaciones sobre la versión remitida en su momento, salvo el número final de plazas de promoción interna  que se ajusta a las sentencias recaídas sobre las OEP de 2023 y 2024 (50% plazas para promoción interna).

COMISIÓN DE SERVICIOS EN CANTABRIA.

Se ha publicado en la página del Gobierno de Cantabria la resolución de 27 de marzo de 2025, del director general de Justicia, por la que se convoca a provisión temporal mediante el sistema de comisión de servicio, puestos de trabajo vacantes entre personal funcionario de carrera de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo del Gobierno de Cantabria, calle Castilla nº 1, entresuelo, C.P. 39002 de Santander y podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

El plazo de presentación de solicitudes es de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria, finalizando el 1 de abril. Es requisito imprescindible que se anticipen las solicitudes por correo electrónico al buzón de la Dirección General (justiciapersonal@cantabria.es).

Deberá aportarse con la solicitud el informe preceptivo y no vinculante del responsable funcional del órgano, servicio o unidad en que se encuentre destinado el funcionario peticionario y, además, si el solicitante está prestando servicios fuera de Cantabria, el informe favorable de la Dirección General correspondiente u órgano equivalente. Si no fuera posible la aportación de los informes en plazo, bastará acreditar que se han solicitado y la Dirección General de Justicia los recabará.

OPOSICIONES 2024: LETRADOS A.J. TURNO LIBRE. PLANTILLA PROVISIONAL EXAMEN DE INCIDENCIAS Y CUESTIONARIO.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el Acuerdo del Tribunal del turno libre para acceso al cuerpo de Letrados A.J., convocado por Orden PJC/215/2024, por el que se publica el cuestionario test y la plantilla de respuestas correctas del primer ejercicio de la oposicion, turno libre, incidencias, celebrado el 26 de marzo.


Se podrán presentar alegaciones en el PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES, desde el 28 de marzo hasta el al 3 de abril, ambos incluidos y deberán remitirse por correo electrónico a la dirección: seleccion.laj@mjusticia.es.

OPOSICIONES 2025: GESTIÓN Y TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA. INSTRUCCIONES PARA SUBSANAR EXCLUSIÓN.

Realizada consulta para la subsanación de errores en las listas de admitidos y excluidos en las convocatorias de Tramitación Procesal y Gestión Procesal de promoción interna, nos informan de lo siguiente:


"Si necesita subsanar datos en una convocatoria disponible en la Plataforma de Inscripción en Pruebas Selectivas, le rogamos acceda a la dirección ips.redsara.es

Una vez abierta la página, seleccione la pestaña “Mis Inscripciones”. Verá el listado completo de convocatorias en las que se ha registrado a través de IPS.

Busque la convocatoria y verá que, al final de los datos de la misma, dispone de una opción con fondo rojo que indica “Subsanar”. Pinche ahí y se le abrirá el formulario 790 con los datos registrados.

Modifique o corrija el campo que necesite subsanar y vaya al final del apartado “Exención de pago y documentos” de su inscripción online, verá que dispone de una opción para “Adjuntar documento”. Una vez seleccionada, se le desplegarán varias opciones para elegir la descripción del documento.

Por favor lea bien las bases de su convocatoria para verificar que necesita aportar dicha documentación y, como recomendación, evite adjuntar documentos cuyo peso exceda de los 3 mb (no mande fotos).

Si tiene dudas sobre los documentos a adjuntar a su solicitud, le rogamos contacte con el Centro Gestor de su convocatoria."

27 de marzo de 2025

RENTA 2024: CALENDARIO DE LA DECLARACIÓN.

En la página de la AEAT se ha publicado las fechas de la campaña de la Renta 2024:

  • 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.
  • 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
  • 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).

Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierte previamente cita, por Internet o llamado a los siguientes números de teléfono. Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44. 

Conviene recordar varias cuestiones relativas a la declaración de la renta en relación con el ámbito laboral.

  • Deducción de la cuota sindical.

La primera es que las cuotas sindicales se pueden deducir en el 100%. (Casilla 14 de la declaración de la Renta)

  • Deducción por movilidad geográfica.

La segunda se refiere a la deducción por movilidad geográfica de aquellos compañeros que estén afectados por esa circunstancia. 

Recordamos que esta posibilidad es para aquellos compañeros que anteriormente estaban en situación de desempleo e inscritos en la oficina de empleo (aunque sea sin cobrar la prestación por desempleo), y la aceptación del puesto de trabajo actual haya exigido el traslado de residencia habitual a un nuevo municipio (por ejemplo, funcionarios interinos o titulares que van desde la península a trabajar a Baleares o viceversa), con empadronamiento en esa nueva localidad. Esto vale para cualquier trabajador, no solo funcionarios. 

El importe que se puede deducir es de 2.000 euros anuales con carácter general, que se aplicarán durante dos años; el año del cambio de domicilio y el siguiente, 2000 euros cada año. 

En el caso de trabajadores con discapacidad se incrementa la cuantía en 3.500 euros anuales ó en 7.750 euros (ver art. 19.2.f de la Ley 35/2006 del IRPF)

En este caso la deducción se puede hacer por dos vías, y ambas son excluyentes. Bien señalando la casilla de movilidad geográfica en el modelo 145, o bien en la declaración de la renta. 

En el supuesto de que no se haya señalado en el modelo 145, se podrá deducir esa cantidad en la declaración de la Renta. La casilla es la número 3 “Retribuciones dinerarias íntegras”, en la que se despliegan distintos apartados, entre ellos “Datos adicionales” donde aparece “contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo…”. 

No obstante, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente.

  • Cantidades percibidas en un ejercicio fiscal distinto al ejercicio de devengo (cobro de guardias o prolongaciones de jornada).

En aquellos supuestos en los que se perciba una cantidad correspondiente a guardias o prolongación de jornada realizadas en el año anterior y cobradas en el año siguiente, por ejemplo guardias realizadas en el mes de diciembre y cobradas en el mes de enero, hay que tener en cuenta lo señalado en el artículo 14.2.b) de la Ley 35/2006 del IRPF. 

Antes de presentar la declaración de la renta habrá que sumar la cuantía de guardias, o prolongación de jornada, y las retenciones del IRPF correspondientes a esas cantidades ( las veremos en la nómina en la que se cobran), a la cantidad que aparece en el borrador, en la casilla 3, correspondientes a “Retribuciones dinerarias”, tanto en retribuciones dinerarias como en retenciones.

  • Para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral

Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, en nuestro caso litigios judiciales entre el funcionario/a contra nuestra Administración empleadora, darán derecho a la deducción de un máximo de 300 euros anuales, tal como señala el artículo 19.2.e) de la Ley 35/2006, del IRPF. (Casilla 16 de la declaración de la Renta)

  • Deducción por hijos menores de 3 años.

Aunque no es una cuestión laboral, conviene recordar que las madres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años. Es decir se podrán deducir hasta 1200 euros. 

En los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare. 

En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación. 

El contribuyente podrá pedir, mediante el modelo 140 de IRPF. “Deducción por maternidad. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones”, el abono de forma adelantada de estas deducciones, a cobrar de manera mensual, un máximo de 100 euros al mes. 

En este supuesto no se minorará la cuota diferencial del impuesto, es decir, ya no se podrá deducir la cantidad de 1200 euros en la declaración de Renta, puesto que ya se ha percibido mensualmente. Lo habitual es que las madres soliciten esta deducción mensualmente mediante el modelo 140. 

No obstante lo anterior, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente, ya que la propia AEAT brinda a los contribuyentes esa oportunidad.

 

OPOSICIONES 2024: GESTIÓN P.A. TURNO LIBRE. LISTADOS DE APTOS Y NO APTOS DEL TERCER EJERCICIO.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el Acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se publican los listados de aptos y no aptos del tercer ejercicio a las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden PJC/64/2024.