Lo positivo de
esta modificación es que respeta sustancialmente puntos esenciales del Acuerdo
suscrito por los sindicatos STAJ,
csif y ugt con el Ministerio de Justicia en julio del 2014, lo que supone que
se mantienen los actuales
Partidos Judiciales, por lo tanto no desaparecen ni son sustituidos por los
Tribunales Provinciales de Instancia, se mantiene los centros de trabajo con
ámbito municipal y no provincial, por lo que no habrá movilidad geográfica
ordinaria forzosa, se mantienen
los Juzgados de Paz, con sus actuales competencias, salvo el conocimiento
de los Juicios de faltas, que pasan como delitos leves a los Juzgados de Instrucción.
Estas
cuestiones estaban en peligro en la primera propuesta que el Ministerio nos dio
traslado, y que de haberse llevado a cabo hubiera supuesto un conflicto
colectivo y una modificación sustancial de nuestras condiciones de trabajo.
Lo negativo del
texto, es que EL MINISTERIO HA INCUMPLIDO DESCARADAMENTE UNA IMPORTANTE PARTE
DEL PREACUERDO: se ha reducido, de un 50% a un 30%, el número de plazas que
reservan para promoción interna,
tanto al Cuerpo de Letrados dela Admón. de Justicia, como a
los Cuerpos de Gestión y Tramitación, a cambio de tan sólo de la posibilidad de
convocar proceso de promoción interna los años en los que no se convoque Oferta
Pública y por lo tanto no haya turno libre.
tanto al Cuerpo de Letrados de
Esto no
es lo que se acordó en el preacuerdo de julio del 2014, puesto que lo que se
acordó en el punto 13 fue:
“En cuanto a la
carrera profesional, se recogerá expresamente la convocatoria de procesos de
promoción interna específicos cuando no exista oferta de empleo público o el
número de plazas sea reducido.”
Es decir, se
establecía la obligación de
convocar procesos de promoción interna, y no sólo la posibilidad, tal como
se recoge en la Ley
publicada. Y esos procesos, además, debían tener lugar siempre que no hubiera
Oferta de empleo público o cuando ésta fuese insuficiente.
Por lo que se
refiere a esta concreta cuestión, el Ministerio motu proprio ha introducido matices que
contravienen la letra y el espíritu de lo pactado en julio. La nueva ley
aprobada no da suficientes garantías de que esa promoción interna se realizará
en los años en los que no haya Oferta Pública de Empleo (turno libre),
seguridad que era condición sine
qua non para aceptar la
rebaja del 50% al 30%.
Y no prevé la
posibilidad de procesos de promoción independientes cuando haya Oferta Pública
de Empleo, por pequeña que esta sea.
STAJ tampoco se
muestra conforme con la redacción del artículo 451 LOPJ en lo relativo al
carácter subsidiario del nombramiento de Gestores Procesales como Letrados
sustitutos (los Gestores de la bolsa de Secretarios). Este carácter subsidiario
en el nombramiento atenta directamente contra el derecho a la promoción y
carrera profesional de los Gestores, al poner trabas para hacer suplencias en
el Cuerpo de Letrados de la
Admón. de Justicia, además de limitar esa posibilidad a que
exista disponibilidad presupuestaria, algo que es lo suficientemente ambiguo
como para que la Admón.
pueda rechazar cualquier nombramiento de los Gestores como Letrados Sustitutos.
Por otro lado,
se ha establecido la aplicación para los funcionarios de Justicia de los
descuentos en las bajas por enfermedad que no den lugar a Incapacidad temporal,
a lo que STAJ se había negado
rotundamente.
La misma
opinión de rechazo nos merece la sanción de cese en el puesto de trabajo a los
funcionarios interinos por comisión de faltas graves. Es excesiva la sanción de
cese, pudiendo ser castigada con una pena de suspensión de empleo y sueldo.
Tampoco es
aceptable la posibilidad de extender las competencias y la Jurisdicción de los
Juzgados de Violencia sobre la
Mujer a más de un Partido Judicial, sin que previamente se
trate la cuestión del incremento de la plantillas como consecuencia de esa
ampliación de competencias y jurisdicción, o sin que previamente se trate
retribución complementaria de esos juzgados.
STAJ ha
reprochado al Ministro de Justicia el incumplimiento de estos importantes
puntos del preacuerdo suscrito en julio de 2015, y hemos exigido convocatoria
urgente de Mesa sectorial. No vamos a perdonar al Ministerio este
incumplimiento y estudiaremos las medidas a tomar a partir de ahora.
El Ministro,
sencillamente, no ha cumplido con la totalidad de su palabra, tantas veces
repetida.